El Derecho a la Salud en el país olvidado: El caso del Vaupés

El Defensor del Pueblo del departamento del Vaupés interpuso tutela por la vulneración del derecho a la salud de toda la población del departamento. La Clínica MASP intervino y ahora hace seguimiento al cumplimiento de las órdenes de la sentencia.

Desde el 2016, la Clínica Jurídica MASP ha estado interesada en conocer la calidad de la prestación del servicio de salud en el departamento del Vaupés. Dentro de este proceso la ONG Sinergias ha sido un aliado estratégico para conocer la situación de los indígenas en este departamento.

La tutela fue presentada por el Defensor del Pueblo en nombre de toda la población indígena y no indígena del departamento. La Clínica MASP intervino cuando la Corte Constitucional estaba realizando su proceso de revisión de la tutela. En esta intervención la Clínica se centró en brindar más información, con datos estadísticos, sobre la precaria situación de salud en el departamento.

Luego de recibir la intervención, la Corte Constitucional invitó a la Clínica a participar en la visita judicial llevada a cabo en el departamento del Vaupés. Así, con base en la intervención y en la inspección judicial, la Corte emitió una sentencia estructural favorable para la población del Vaupes. Como sentencia estructural, se le ordena a las instituciones a hacer un cambio integral para poder brindar un servicio de salud de calidad de acuerdo a las características de la población y que sea idóneo para poblaciones indígenas dispersas.

De igual forma, luego de 4 meses de la sentencia, la Clínica Jurídica hizo un evento en donde se congregó a las instituciones que tienen responsabilidades directas con la prestación del servicio de salud. Con este evento se pretendía conocer las dificultades que han tenido las entidades e instituciones en hacer efectiva la sentencia para evaluar cuál es la mejor forma de proceder.

Actualmente, a través de derechos de petición, la Clínica está haciendo seguimiento al cumplimiento de las órdenes que las entidades recibieron de la Corte. Esto, con el fin de establecer cuál es el estado de cumplimiento de esta importante sentencia de la Corte Constitucional.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *